Para que la población tenga la confianza de que consume huevos con altos estándares de calidad y que cumplen con las medidas sanitarias, la Dirección de Inocuidad de los Alimentos del Viceministerio de Sanidad Agropecuaria y Regulaciones (VISAR) del ministerio de Agricultura, vela porque todos los actores involucrados con estos productos cumplan con las normas.
Esta labor abarca desde la recepción hasta el transporte de huevos, para lo cual deben contar con las licencias respectivas.
Dichos documentos son la Licencia Sanitaria de Funcionamiento (LSF) para plantas encargadas de manipular huevos destinados al consumo humano, así como la Licencia Sanitaria de Transporte (LST) para los medios de transporte de huevos.
Para obtener la LSF, ya sea para personas jurídicas o individuales, se deben cumplir una serie de requisitos. Estos incluyen la presentación de documentos legales, el llenado de formularios específicos y el pago de tarifas correspondientes.
El proceso se inicia con la solicitud de la licencia en la Oficina de Servicio al Usuario (OSU), donde se proporcionan los formularios y se guía a los interesados en el procedimiento.
Luego, se realiza una inspección higiénico-sanitaria por parte de un Inspector / Auditor del componente huevo, quien emitirá un dictamen favorable o desfavorable según los hallazgos.
En caso de un dictamen favorable, se emite la licencia y se procede con su entrega al solicitante. En caso de un dictamen desfavorable, se establecen medidas correctivas que deben ser cumplidas antes de otorgar la licencia.
La vigencia de la licencia sanitaria de funcionamiento es de un año a partir de su emisión, y para renovarla se debe presentar una solicitud con un mes de anticipación al vencimiento, junto con la documentación requerida.
Además, se establecen requisitos específicos para la obtención de la Licencia Sanitaria de Transporte de Huevos de Mesa, que también se gestionan a través de la OSU.