10.25 – En caso de las entidades no gubernamentales o de carácter privado que manejen o administren fondos públicos deben hacer pública la información obligatoria contenida en los numerales anteriores, relacionada únicamente a las compras y contrataciones que realicen con dichos fondos.

Conforme a la naturaleza jurídica, competencia y objeto de la entidad, la misma no genera esta información.

Oficio de respaldo. (Click)

SI DESEA AMPLIAR LA INFORMACIÓN

Ingrese su solicitud en oficina central (7av. 12-90 zona 13, Unidad de Acceso a la Información Pública, primer nivel), también puede enviarla al correo: uip@maga.gob.gta o puede ingresar en línea «AQUÍ»

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