Informática
ACUERDO GUBERNATIVO No. 338-2010
REGLAMENTO ORGÁNICO INTERNO DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTACIÓN
FUNCIONES DE APOYO TÉCNICO
ARTÍCULO 31. INFORMÁTICA. Es el órgano de apoyo técnico responsable de facilitar el desempeño eficaz y eficiente del Ministerio, a través de la implementación y actualización del hardware y software necesario para el procesamiento de datos e información estratégica.
ARTÍCULO 32. ATRIBUCIONES DE INFORMÁTICA. Para el debido cumplimiento de sus funciones, Informática se integra de la siguiente manera: Sistemas de Presentación y Análisis de la Información; Soporte Técnico y Seguridad Informática; Análisis de Diseño. Sus atribuciones son las siguientes:
- Mantener adecuado control del equipo de cómputo, debiendo brindar el apoyo técnico que sea requerido por las unidades del Ministerio.
- Desarrollar los sistemas, programas y diseño de redes, para su aplicación computacional, utilizando la tecnología más avanzada.
- Elaborar, proponer y aplicar programas de mantenimiento del equipo de cómputo.
- Elaborar programas de capacitación del personal, en materia de computación, en coordinación con las Direcciones del Ministerio.