Los períodos de veda para la pesca de tiburones, pargo y peces de escamas, fueron establecidos en el XIX Consenso del Calendario de Vedas de tallas mínimas de Pesca del Caribe Guatemalteco, celebrado el 16 de febrero en Livingston, Izabal.
El acuerdo alcanzado para el ordenamiento pesquero, fue gracias a las reuniones sostenidas entre representantes del Vice Ministerio de Sanidad Agropecuaria y Regulaciones (VISAR) del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación (MAGA), y los líderes de las comunidades costeras y otras entidades de gobierno.
La discusión estuvo centrada en especies marinas clave como la manjúa, camarón, langosta, tiburones, rayas, entre otras.
Las fechas establecidas para la veda son:
Tiburones: del 1 de mayo al 31 de agosto
Pargo: del 1 de mayo al 15 de junio
Peces de Escama: del 01 de mayo al 15 de junio (para el área de Lago de Izabal y Río Dulce) y del 15 de septiembre al 31 de octubre (para el área del Golfete y área Marina).
Este consenso representa un avance en el manejo sostenible de los recursos marino-costeros en la región del Caribe Guatemalteco.