Dirección de Sanidad Animal
Es la responsable de apoyar y facilitar la producción y el comercio pecuario, así como proteger el medio ambiente, la salud humana y animal, mediante el desarrollo, divulgación y aplicación de normas legales y técnicas de protección, vigilancia sanitaria y regulaciones del uso apropiado de materias primas e insumos utilizados en la producción animal.
Objetivos
- Contribuir a la prestación y desarrollo del patrimonio pecuario nacional, a través de la implementación de la vigilancia epidemiológica que permitan la prevención, control y erradicación de las enfermedades de los animales.
- Facilitar el comercio de animales, productos y subproductos, con la aplicación de normas claras y estables, que sustente en ciencia y que permitan la protección de la salud humana, animal y el ambiente.
- Regular el registro y comercio de alimentos e insumos para uso en animales, con el establecimiento de procedimientos y normas, que faciliten el intercambio comercial.
Departamentos
- Prevenir, controlar y erradicar las enfermedades de los animales.
- Proteger la salud animal.
- Programar campañas de vacunación en animales domésticos.
- Vigilar las enfermedades en los animales domésticos y salvajes.
- Apoyar la competitividad a través de normas claras.
- Atender emergencias sanitarias en los animales.
- Elaborar planes de emergencia para controlar las enfermedades exóticas.
- Ejecutar las medidas sanitarias cumpliendo la normativa internacional.
- Procurar el bienestar animal.
- Promover la identificación animal para la apertura de mercados.
- Autorizar la importación de animales, productos y subproductos de origen animal.
- Capacitar a los productores en los aspectos generales de manejo y de sanidad animal.
- Vigilar las fronteras del país para evitar la introducción de enfermedades en los animales.
- Controlar en puertos y aeropuertos el ingreso de animales enfermos.
- Registrar los productos veterinarios que se utilizan en el país.
- Registrar los alimentos y productos afines utilizados en animales.
- Control de farmacias veterinarias y plantas fabricantes de alimentos para animales.
- Normas claras para comercializar productos veterinarios y alimentos.
- Control de importaciones y exportaciones de productos farmacológicos y alimenticios.
- Participar en las negociaciones comerciales protegiendo la sanidad animal.
Resolución No. 481-2023:
1). Aprobar a partir del 30 de enero de 2024, que la transmisión de los datos de los certificados sanitarios y fitosanitarios de exportación armonizados entre los Estados Parte, se realice a través de la Plataforma Digital de Comercio Centroamericana (PDCC) que administra la SIECA.
2). Para implementar la transmisión electrónica indicada en el numeral 1 de esta Resolución:
- a. Los agentes económicos de los Estados Parte, deberán gestionar la emisón de los certificados sanitarios y fitosanitarios de exportación, únicamente por los medios digitales habilitados por los Estados Parte para tal efecto.
- Acuerdo Gubernativo No. 745-99
- Acuerdo Gubernativo No. 373-2005
- Decreto No. 36-98
- Acuerdo Ministerial No. 1029-99
- Acuerdo Ministerial No. 1128-2001
- Acuerdo Ministerial No. 1317-2002
- Acuerdo Ministerial No. 1166-2003
- Acuerdo Ministerial No. 1528-2003
- Acuerdo Ministerial No. 1213-2003
- Acuerdo Ministerial No. 2076-2004
- Acuerdo Ministerial No. 565-2004
- Acuerdo Ministerial No. 625-2004
- Acuerdo Ministerial No. 131-2005
- Acuerdo Ministerial No. 495-2006
- Acuerdo Ministerial No. 277-2007
- Acuerdo Ministerial No. 137-2007
- Acuerdo Ministerial No. SP-M-462-2007
- Acuerdo Ministerial No. 225-2008
- Acuerdo Ministerial No. 456-2009
- Acuerdo Ministerial No. 220-2009
- Acuerdo Gubernativo No. 338-2010
- Acuerdo Ministerial No. 105-2012
- Acuerdo Ministerial No. 166-2012
- Acuerdo Ministerial No. 167-2012
- Acuerdo Ministerial No. 228-2013
- Acuerdo Ministerial No. 16-2014
- Acuerdo Ministerial No. 257-2014
- Acuerdo Ministerial No. 457-2014
- Acuerdo Ministerial No. 410-2015
- Acuerdo Ministerial No. 149-2016
- Acuerdo Ministerial No. 215-2016
- Acuerdo Ministerial No. 335-2017
- Acuerdo Ministerial No. 22-2017
- Acuerdo Ministerial No. 18-2018
- Acuerdo Ministerial No. 19-2018
- Acuerdo Ministerial No. 195-2019
- RTCA 65.05.63:11 Lista de Verificación de Buenas Prácticas de Manufactura de Productos Utilizados en Alimentación Animal
- RTCA 65.05.52:11 Productos Utilizados en Alimentación Animal y Establecimientos “Requisitos de Registro Sanitario y Control”
- RTCA 65.05.63:11 Productos Utilizados en Alimentación Animal “Buenas Prácticas de Manufactura”
- RTCA 65.05.51:08 Medicamentos Veterinarios y Productos Afines. Requisitos de Registro Sanitario y Control + Acuerdos Conexos y Otros
- Anexo 6 “Norma de Buenas Prácticas de Manufactura de Medicamentos Veterinarios“
- Anexo 2 (Res. 257-2010) Acuerdos Conexos al RTCA 65.05.51:08 Medicamentos Veterinarios y Productos Afines. Requisitos de Registro Sanitario y Control, a ser Incluidos en una Resolución COMIECO
- Acuerdo Ministerial No. 390-2006: Requisitos para el Registro de Personas Individuales y Jurídicas Interesadas en Realizar Actividades Vinculadas con Insumos para Uso en Animales y para el Registro, Renovación, Importación, Exportación y Retorno de Insumos para Uso en Animales
- Sustancias de Uso Veterinario Prohibidas y Restringidas (Todas las Especies)
- Acuerdo Ministerial No. 1085-2004: Requisitos para el Registro de Regentes Profesionales ante el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación