Dirección de Sanidad Animal

Es la responsable de apoyar y facilitar la producción y el comercio pecuario, así como proteger el medio ambiente, la salud humana y animal, mediante el desarrollo, divulgación y aplicación de normas legales y técnicas de protección, vigilancia sanitaria y regulaciones del uso apropiado de materias primas e insumos utilizados en la producción animal.

Objetivos

  • Contribuir a la prestación y desarrollo del patrimonio pecuario nacional, a través de la implementación de la vigilancia epidemiológica que permitan la prevención, control y erradicación de las enfermedades de los animales.
  • Facilitar el comercio de animales, productos y subproductos, con la aplicación de normas claras y estables, que sustente en ciencia y que permitan la protección de la salud humana, animal y el ambiente.
  • Regular el registro y comercio de alimentos e insumos para uso en animales, con el establecimiento de procedimientos y normas, que faciliten el intercambio comercial.

Departamentos

  • Prevenir, controlar y erradicar las enfermedades de los animales.
  • Proteger la salud animal.
  • Programar campañas de vacunación en animales domésticos.
  • Vigilar las enfermedades en los animales domésticos y salvajes.
  • Apoyar la competitividad a través de normas claras.
  • Atender emergencias sanitarias en los animales.
  • Elaborar planes de emergencia para controlar las enfermedades exóticas.
  • Ejecutar las medidas sanitarias cumpliendo la normativa internacional.
  • Procurar el bienestar animal.
  • Promover la identificación animal para la apertura de mercados.
  • Autorizar la importación de animales, productos y subproductos de origen animal.
  • Capacitar a los productores en los aspectos generales de manejo y de sanidad animal.
  • Vigilar las fronteras del país para evitar la introducción de enfermedades en los animales.
  • Controlar en puertos y aeropuertos el ingreso de animales enfermos.
  • Registrar los productos veterinarios que se utilizan en el país.
  • Registrar los alimentos y productos afines utilizados en animales.
  • Control de farmacias veterinarias y plantas fabricantes de alimentos para animales.
  • Normas claras para comercializar productos veterinarios y alimentos.
  • Control de importaciones y exportaciones de productos farmacológicos y alimenticios.
  • Participar en las negociaciones comerciales protegiendo la sanidad animal.

Resolución No. 481-2023:

1). Aprobar a partir del 30 de enero de 2024, que la transmisión de los datos de los certificados sanitarios y fitosanitarios de exportación armonizados entre los Estados Parte, se realice a través de la Plataforma Digital de Comercio Centroamericana (PDCC) que administra la SIECA.

2). Para implementar la transmisión electrónica indicada en el numeral 1 de esta Resolución:

  • a. Los agentes económicos de los Estados Parte, deberán gestionar la emisón de los certificados sanitarios y fitosanitarios de exportación, únicamente por los medios digitales habilitados por los Estados Parte para tal efecto.